¿Cuál es el coste de legalizar obras sin licencia? En muchos casos es posible legalizar obras realizadas sin licencia siempre que lo construido esté de acuerdo con las normas urbanísticas locales y se paguen las correspondientes tasas.
Legalizar obras sin licencia
Si hemos realizado obras sin licencia y necesitamos legalizarlas, lo primero que tenemos que saber es que para legalizar unas obras sin licencia hay que solicitar la licencia en el Ayuntamiento y pagar las correspondientes tasas, y para esto es requisito imprescindible que exista un Proyecto Técnico visado y firmado por un arquitecto.
El proyecto técnico consta de planos, memoria de las actuaciones realizadas, mediciones y presupuesto de ejecución material, cifra sobre la cual se liquidan los correspondientes impuestos. La existencia de un proyecto técnico visado nos asegura la viabilidad de lo construido y el cumplimiento de la normativa urbanística vigente.
En vista de lo anterior, los costes para legalizar unas obras sin licencia pueden resumirse en:
- Coste de arquitecto:
Serán los honorarios que el arquitecto nos cobre por la redacción del Proyecto/Expediente de Legalización, y que suelen ser un porcentaje del presupuesto de ejecución material (PEM) o presupuesto que aparece en proyecto.
Es importante contratar un arquitecto con conocimiento de la normativa urbanística local y experiencia en este tipo de procedimientos, ya que puede suceder que lo que hemos construido no se pueda legalizar y conviene saberlo antes de incurrir en gastos. Una consulta previa a un arquitecto nos puede ahorrar dinero y problemas.
- Coste de la Licencia Municipal:
Dependiendo del municipio, puede que se pague una o varias tasas en concepto de licencia. Por lo general hay que pagar tasa urbanística (2% del presupuesto de proyecto aproximadamente) e ICIO (el Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras suele rondar el 4% del presupuesto de proyecto), con lo cual tenemos que contar con que en total vamos a pagar de tasas alrededor de un 6% del PEM.
Cada ayuntamiento establece los tipos impositivos así como las bonificaciones, por eso conviene consultar en cada caso particular. En el caso de Madrid, el ICIO puede estar bonificado hasta en un 95%. En el caso de los municipios pequeños lo normal es que se pague solo por ICIO, y que éste ronde en torno a 2,5%-4%.
- Coste de las obras de adaptación:
Si las obras realizadas sin licencia no cumplen con la ordenanza municipal, no nos concederán la licencia de obras y por tanto, no se podrán legalizar. Si se da el caso de que realizando algunas adaptaciones podremos cumplir con la normativa nos veremos obligados a acometer dichas mejoras, por las cuales tendremos que pagar. El precio será variable dependiendo de la complejidad para adaptar a la normativa y como no, del contratista elegido.
- Notario y Registro para actualizar las escrituras:
Una vez que las obras están legalizadas, conviene actualizar las escrituras de propiedad y registrarlas en el Registro de la Propiedad para que recojan la situación actual del inmueble. Los honorarios de notario y registro están regulados por aranceles fijados por la ley. La suma de ambos puede estar en torno al 0,5% del nuevo valor de la propiedad
Si queréis saber más sobre el tema os invitamos a leer nuestro post sobre cómo legalizar obras sin licencia y podéis contactarnos sin compromiso para resolver cuantas dudas tengáis. Será un placer ayudaros.